
Novedades del nuevo reglamento de extranjería 2025
Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería el 20 de mayo de 2025, se han introducido cambios significativos respecto a la residencia para ascendientes de españoles. En este artículo, analizaremos los aspectos más relevantes y los requisitos para obtener este tipo de permiso.
Cambios Relevantes en el Nuevo Reglamento
El cambio más destacado del nuevo reglamento es el incremento de la edad. Actualmente, este límite está establecido en 65 años, pero con la reforma se elevará a 80 años.
Para que los ascendientes puedan acceder a esta residencia debe haber: dependencia económica y familiar, es decir, que los padres menores de 80 años deben acreditar que se encuentran a cargo del ciudadano español y que no cuentan con otros apoyos familiares. El ciudadano español deberá demostrar que dispone de medios económicos suficientes para mantener a sus ascendientes.
Documentos Necesarios para Solicitar la Residencia
El proceso de solicitud requiere la presentación de diversos documentos:
- Certificado de empadronamiento o convivencia.
- Documento de identidad del ciudadano español.
- Certificado de antecedentes penales del solicitante apostillado
- Pasaporte en vigor del solicitante.
- Acta de nacimiento del ciudadano español
- Ascendientes menores de 80 años: Además de la documentación mencionada, deberán presentar pruebas de la situación de dependencia, como envíos de dinero, remesas, pagos, etc.
Otras de las novedades más importantes del nuevo reglamento es la eliminación de la posibilidad de tramitar la autorización directamente desde España para los siguientes casos: ascendientes de españoles y de sus cónyuges, parejas registradas o parejas de hecho, hijos mayores de 18 años, familiares incluidos en la categoría de familia extensa. En estos supuestos, será obligatorio solicitar el visado en el Consulado de España en el país de origen del familiar.
Para facilitar la transición al nuevo reglamento, se establece un período de transición de seis meses en el que los ascendientes e hijos mayores de 18 años que se encuentren ya en España podrán solicitar la autorización de residencia temporal sin necesidad de regresar a sus países de origen.
¿Cómo Podemos Ayudarte en FB Abogados y Asociados?
En FB Abogados y Asociados contamos con un equipo de expertos en extranjería preparado para ayudarte en cada etapa del proceso. Desde la preparación de la documentación necesaria hasta la presentación de la solicitud, nos aseguramos de que cumplas con todos los requisitos y aumentes tus posibilidades de éxito.
¡Actúa ahora!
Si tus padres tienen actualmente más de 65 años, este es el momento ideal para tramitar su residencia bajo el reglamento vigente. Dejar pasar este período podría complicar el proceso una vez que entre en vigor la nueva normativa.
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