Inscribir tu pareja de hecho en Madrid es más sencillo de lo que crees. En este blog, te explicamos todo lo que necesitas saber para formalizar tu unión de forma legal en la Comunidad Autónoma de Madrid.
La figura de pareja de hecho se basa en la unión de dos personas que conviven juntas de manera estable, con intereses comunes, compartiendo una vida familiar, pero que aún no están casadas. Cada comunidad autónoma en España tiene su propia regulación, y en este blog te detallamos la normativa vigente en la Comunidad de Madrid.
¿Cuáles son los requisitos para inscribirte como pareja de hecho en Madrid?
1. Ambos deben estar empadronados en el mismo domicilio durante al menos un año consecutivo antes de solicitar la inscripción.
2. Ser mayores de edad o menores emancipados.
3. Tener estado civil de soltero, viudo, divorciado o separado judicialmente.
4. No pueden tener vínculo familiar hasta tercer grado.
5. No deben estar registrados como pareja de hecho en otra comunidad autónoma.
6. No presentar anomalía psíquica o deficiencia que impida el consentimiento de la pareja de hecho.
Además, debes contar con una serie de documentos obligatorios:
– Justificante de pago de la tasa (modelo 030) que se presentará el día de la inscripción.
– NIF o NIE, Pasaporte completo o Tarjeta de residencia (documentos en vigor) de ambos solicitantes.
– Certificado de empadronamiento municipal expedido por el Ayuntamiento donde residan.
– Autorización para la consulta de datos personales y presentación de la solicitud.
– Acreditación de la emancipación en el caso de menores de edad.
– Formulario de solicitud.
– Certificado de estado civil, que variará según tu situación:
Para españoles:
– Divorciados, anulados o separados judicialmente: Certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.
– Solteros: Declaración de soltería ante el encargado del Registro de Uniones de Hecho.
– Viudos: Certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
Para extranjeros:
– Divorciados, anulados o separados judicialmente: Certificado literal del matrimonio anterior con la anotación marginal del divorcio, nulidad o separación judicial.
– Solteros: Certificado de capacidad matrimonial o certificado de soltería según las leyes de su país.
– Viudos: Certificado literal de matrimonio anterior y Certificado literal de defunción del cónyuge fallecido.
NOTA: Los Certificados tendrán una validez de tres meses desde su expedición, teniendo que cumplir con este requisito de validez en la fecha de la presentación de la solicitud de cita para inscripción en el Registro de Uniones de Hecho.
*Si presentas una copia de la documentación en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro, el día de la cita para inscribirte deberás aportar los originales para ser cotejados. Si presentas los documentos por medios electrónicos, deberás acudir el día de la cita para inscribirte con los originales para ser cotejados.
Puedes optar por dos formas de registrarte como pareja de hecho:
1. Registro Electrónico:
Presenta tus documentos electrónicamente junto con el formulario de solicitud.
2. Registro Presencial:
Si no estás obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, también puedes presentar la documentación de forma presencial. Recuerda verificar si es necesario solicitar cita previa en la oficina de registro y atención al ciudadano que te interese.
La formalización de tu pareja de hecho en Madrid es un paso importante para darle legalidad a tu relación. ¡No dejes que los trámites te tomen por sorpresa! La clave está en cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación necesaria.
Recuerda que, en FB Abogados y Asociados, estamos aquí para guiarte en cada paso de este proceso. Si necesitas asesoramiento legal o tienes dudas, no dudes en ponerte en contacto con nuestro equipo de expertos en extranjería y legalidad.
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