Es importante tener en cuenta los siguientes puntos:
1. Toda tarjeta debe ser renovada dentro de los 60 días anteriores a la caducidad de la autorización (30 días en el caso de las tarjetas comunitarias) o dentro de los 90 días posteriores.
2. Existen diferentes tasas administrativas que deberán abonarse junto con la solicitud de renovación.
3. La presentación de tu solicitud la puedes gestionar:
– De forma telemática con certificado digital o con ayuda de un profesional experto en extranjería, o
– De forma presencial en cualquier oficina que haga función de registro como, por ejemplo, un ayuntamiento. Si eliges esta vía, debes verificar que tengas toda la documentación correcta, presentar el formulario de solicitud y llevar los justificantes de las tasas pagadas.
4. Una vez te concedan la renovación de tu autorización de residencia, deberás continuar con el trámite de toma de huellas en Policía.
Tramitamos todo tipo de renovaciones en Extranjería:
1. Renovación de Tarjeta de arraigo social, familiar y laboral
2. Renovación de Tarjeta de residencia de dos años
3. Renovación de la autorización de residencia por reagrupación familiar
4. Renovación de la autorización de residencia temporal no lucrativa
5. Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia
6. Renovación de Tarjeta comunitaria
7. Renovación de la autorización de residencia y trabajo de profesionales altamente cualificados
8. Renovación de Tarjeta de Larga Duración y Tarjeta Permanente Comunitaria
Si quieres tramitar tu renovación con nosotros, pero tienes algunas dudas sobre el trámite y el coste, rellena el siguiente formulario para tener una llamada gratuita de 10 minutos el próximo miércoles, o reserva directamente tu cita en nuestro despacho ubicado en el centro de Madrid, escribiéndonos al 603 22 69 34 /611 39 38 57/ 603 25 23 18.